Tarancón será municipio pionero en Cuenca con la aprobación de la nueva ordenanza que regulará la circulación y el uso de los vehículos de movilidad personal. Aprobada ya por unanimidad en el pleno, será aplicada de manera definitiva si en estos 30 días de exposición pública no se recibe ninguna alegación.
Lo cierto es que la nueva realidad que suponen los vehículos de este tipo –cuya popularidad se ha disparado en los últimos años– ha supuesto un reto para muchos lugares, que han tenido que dispensar una adecuada legislación para asegurar la correcta incorporación de estas herramientas a nuestra vida diaria. Es el caso del municipio taranconero, y es que Riánsares López, portavoz del Equipo de Gobierno, transmite que se ha tratado de agilizar lo máximo posible esta ordenanza tras recibir la propuesta de la Policía Local. “Somos pioneros con esta normativa en Cuenca, aunque también es verdad que es un municipio grande: estos problemas pueden darse en otros pueblos, pero por número de población puede que no sea un gran inconveniente. Aquí el tráfico rodado es muy importante y se hacía muy necesario”, explica López, añadiendo que el número de incidencias presentó un repunte en verano.
Alfonso Cortés, jefe de la Policía Local, explica que afortunadamente no se ha producido ningún siniestro que esté protagonizado por vehículos de movilidad personal, pero sí que atienden quejas a diario. “De ahí que hayamos visto la necesidad de contar con una ordenanza que regule su uso”, declara.
NORMAS Y SANCIONES
En primer lugar, cabe recalcar que se consideran vehículos de movilidad personal aquellos que tienen una o más ruedas, dotados de una única plaza y propulsados exclusivamente por motores eléctricos, siendo los más frecuentes en nuestras calles los patinetes eléctricos.
La edad mínima para conducir un vehículo de movilidad personal son los 16 años, estando obligado el conductor a usar un casco de protección, así como a portar luces y un timbre. Si bien no se necesita de un permiso para conducirlos, deberán estar inscritos en el registro municipal del Ayuntamiento, creándose para ello una base de datos gestionada por la Policía Local.
Al contrario de lo que se podría llegar a pensar, el patinete debe ir por el centro de la calzada y no por el lateral. En esencia, se permite la circulación por todos los espacios donde puedan ir las bicicletas, aunque no por parques y plazas. Asimismo, deben aparcarse en lugares específicos o en los aparcabicis, pero no en la acera ni en las entradas de los comercios, ya que podrían dificultar el acceso y el tránsito regular. Siguen también las normas de convivencia básicas a la hora de circular, prohibiéndose el agarre a otros vehículos en marcha, hacer zig-zag entre vehículos y peatones o conducir con auriculares o cascos. “Son los casos que vemos a diario y tratamos de poner remedio a esta cantidad de circunstancias que derivan en problemas”, explica López. Sin contar el perjuicio de responsabilidades civiles y personales que se pueden dar en cada caso particular, las multas leves serán sancionadas con 100 euros y las graves con 200 euros.
CAMPAÑA INFORMATIVA
Esta nueva normativa dispondrá de un tiempo –más allá de estos 30 días de exposición pública– para aplicarse paulatinamente, ya que no se empezará a sancionar inmediatamente, sino que habrá un margen de adaptación. Del mismo modo, irá acompañada de una campaña de información y divulgación a través de la cual se hará saber a la población de la apertura del registro en el que se tienen que inscribir y todas las normas a cumplimentar. Desde el Gobierno, Riánsares López asegura que esto supondrá una labor de concienciación “tanto de quien tiene el patín como de quien no lo tiene”, ya que solo así se asegurará una correcta y segura circulación para peatones y vehículos de todo tipo.