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Agua

El Tribunal Supremo anula el Plan Hidrológico del Tajo

El recurso fue interpuesto en 2016 por varios colectivos de la región, entre ellos la asociación de municipios ribereños de los embalses de Entrepeñas y Buendía
El Tribunal Supremo anula el Plan Hidrológico del Tajo
16/03/2019 - EFE

Tribunal Supremo (TS) ha anulado el Plan Hidrológico del Tajo porque no fija caudales ecológicos en Aranjuez (Madrid), en Toledo y en Talavera de la Reina (Toledo).


La Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha estimado parcialmente el recurso presentado por varias entidades y ha declarado la nulidad de varios artículos que conforman la normativa del plan hidrológico, según ha informado este sábado en una nota de prensa la Plataforma de Toledo en Defensa del Tajo.

Asimismo, ha indicado que el recurso ante el Supremo fue interpuesto en 2016 por la Plataforma en Defensa de los Ríos Tajo y Alberche de Talavera de la Reina, la asociación GRAMA (Grupo de Acción para el Medio Ambiente), la Plataforma de Toledo en Defensa del Tajo, el Ayuntamiento de Mantiel (Guadalajara) y la asociación de Municipios Ribereños de los Embalses de Entrepeñas y Buendía.

En una sentencia con fecha del miércoles 13 de marzo, a la que ha tenido acceso Efe, el Alto Tribunal declara la nulidad de varios artículos del Plan Hidrológico del Tajo contenidos en el Real Decreto 1/2016 de 8 de enero, por el que se aprobaba la revisión de los planes hidrológicos de varias demarcaciones hidrográficas, así como la resolución de 7 de septiembre de 2015, de la Secretaría de Estado de Medio Ambiente, por la que se formula declaración ambiental estratégica.

El Supremo desestima el resto de peticiones del recurso en la sentencia, contra la que no puede interponerse recurso ordinario.

En la sentencia se declara la nulidad de varios artículos de la normativa del artículo 9 en sus apartados 1, 3, 5, 6, y 7, en relación con los apéndices 4.1, 4.2 y 4.3, así como el artículo 10.2 en lo relativo al inciso de que los caudales ecológicos "no serán exigibles en el horizonte temporal" del Plan Hidrológico del Tajo.

La Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso-Adminisrativo del Tribunal Supremo ha tenido en cuenta que de las 309 masas tipo río de la cuenca del Tajo, el Plan Hidrológico del Tajo de 2016 ha reducido su fijación solo a los caudales mínimos ecológicos, y estos solo para 16 masas, un 5 por ciento de las masas tipo río, que se consideran estratégicas.

También considera que no se han fijado caudales ecológicos expresamente en Aranjuez, Toledo y Talavera de la Reina, sino solo los caudales mínimos determinados por la legislación de 6 metros cúbicos por segundo en Aranjuez y 10 metros cúbicos por segundo en Toledo y en Talavera de la Reina) y que deben de establecerse para evitar la degradación ambiental del curso de agua del río, su cauce y su ribera.

Según la Plataforma de Toledo en Defensa del Tajo, al no fijarlos, en el plan hidrológico se contraviene lo establecido en el Documento de Esquema de Temas Importantes aprobado por la Confederación Hidrográfica del Tajo (CHT) en materia de caudales ecológicos en 2010, que fijaba (10,37 m3 /s en Almoguera, 10,86 m3 /s en Aranjuez, 14,10 m3 /s en Toledo y 15,92 m3 /s en Talavera de la Reina).

La plataforma ha valorado igualmente que en la sentencia se establezca que los pantanos de Entrepeñas, Buendía y Bolarque, en la cabecera del Tajo, deben de garantizar de manera prioritaria tanto las demandas de la cuenca del Tajo como sus necesidades ambientales, incluyendo el régimen de caudales ecológicos.

"Estas demandas se anteponen a las del trasvase Tajo-Segura, por lo que, una vez fijados según esta sentencia los caudales ecológicos con todos sus componentes, el régimen de explotación del trasvase tendrá que adaptarse, limitándose los volúmenes a derivar y su garantía de disposición", han destacado desde la Plataforma de Toledo en Defensa del Tajo.

En este sentido, ha aclarado que al reconocer que los embalses reguladores de cabecera tienen la función de garantizar las demandas ambientales y consuntivas de la propia cuenca del Tajo, "será también necesario aumentar los umbrales de reservas no trasvasables en los embalses de cabecera por encima de los insuficientes 400 hectómetros cúbicos establecidos en la legislación del Memorándum del Tajo"

Gobierno regional

La consejera de Fomento, Agustina García Élez, ha mostrado su “satisfacción” después de conocerse la anulación por parte del Tribunal Supremo, a su entender “una sentencia histórica, que da la razón a las plataformas del río, a los pueblos ribereños, a todos los colectivos y al conjunto de la ciudadanía”.

García Élez ha puesto de manifiesto “la necesidad de que el río tenga una cabecera con salud hídrica y que pueda mantener los caudales ecológicos del resto de su cuenca, donde vemos continuamente evidencias de su mal estado en forma de espumas o balsas de algas”.

La titular de Fomento del Gobierno regional ha destacado que este “es el buen camino para que se recuperen los caudales de un río vivo, que nos haga mirar con esperanza al futuro de Castilla-La Mancha para que éste pueda estar vinculado a su río Tajo. Hay una cosa clara, este es un punto de partida para el fin del trasvase”, ha indicado. En el mismo sentido, ha dicho que “es la justicia ahora la que se pone en frente de los trasvases y condiciona los mismos, al tiempo que exige el establecimiento de unos caudales ecológicos de verdad para cubrir las necesidades de esta tierra”.

La consejera de Fomento espera que esta notificación sirva para sentar precedente y se respalden recursos que van en la misma dirección y que solicitan las mismas demandas para la cuenca del Tajo.

PSOE

El PSOE de Castilla-La Mancha también ha mostrado su satisfacción por la sentencia, la cual "pone patas arribas la mala política de Rajoy y de Cospedal en materia hídrica. Pero también es muy importante porque obliga a repensarse los trasvases, ya que, es incompatible aprobar derivaciones de agua al Levante con poder mantener los caudales ecológicos del río en su cauce natural, más si cabe con el déficit de lluvias que acumulamos".

Para el PSOE de Castilla-La Mancha esta sentencia es una victoria de toda la sociedad de la región y es el resultado del esfuerzo coordinado que han llevado a cabo la Plataforma en defensa del Río Tajo, los municipios ribereños y el Gobierno del presidente García-Page que como primera decisión al llegar a la Junta de Comunidades fue recurrir el Plan de Cuenca del Tajo. Una decisión que ahora tiene sus resultados positivos para nuestra tierra.

Partido Popular

Por parte del PP, la candidata de este partido a la Alcaldía de Toledo, Claudia Alonso, considera que "ha llegado la hora de hacer un Acuerdo Nacional por el Agua", y hace un llamamiento "a todas las administraciones implicadas, para que de una vez por todas dejemos las siglas a un lado y juntos nos pongamos a trabajar realmente por defender el Tajo".

A juicio de Claudia Alonso "ha llegado la hora de hacer un Acuerdo Nacional por Agua consensuado, que permita que nuestro río, el Tajo, tenga agua en cantidad y calidad".