Protección Civil y Emergencias
La Junta regula las guardias localizadas del personal de Protección Civil y Emergencias
La Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas ha aprobado una orden que regula el sistema de guardias localizadas del personal funcionario que desarrolla funciones relacionadas con la protección civil y las emergencias y que tiene por objeto garantizar la disponibilidad del personal operativo necesario para dar respuesta, las 24 horas al día los 365 días del año, a cualquier incidente que suceda en la región y que ponga en riesgo la integridad física de las personas, de los bienes o del medio ambiente.
Esta orden, que ha entrado en vigor recientemente, establece que las guardias localizadas podrán ser de semana laboral, de fin de semana o de festivo y que la especial y mayor dedicación de los funcionarios que las realicen se retribuirá con gratificaciones extraordinarias.
Asimismo, la orden fija que las guardias localizadas, para garantizar la prestación del servicio y el asesoramiento técnico en materia de protección civil y emergencias de manera ininterrumpida, tendrán que ser realizadas por los funcionarios de la Dirección General de Protección Ciudadana y los de los servicios de Protección Ciudadana de las provincias que tengan funciones operativas dentro de los servicios de Emergencia y Protección Civil.
En concreto, en los servicios centrales las guardias las deberán realizar los titulares de la dirección de los servicios de Emergencias y Protección Civil, de la jefatura del servicio de coordinación del 1-1-2, de la asesoría técnica de operaciones del 1-1-2, de la jefatura del servicio de Protección Civil, de la asesoría técnica de Protección Civil y de la coordinación regional de emergencias.
Por su parte, en los servicios periféricos serán los jefes de servicio de Protección Ciudadana, los técnicos de Protección Civil y los coordinadores regionales de emergencias de cada una de las provincias los que estarán sujetos a este sistema de guardias.
Tal como establece la orden, este sistema de guardias localizadas requiere al menos de dos personas en servicios centrales, una del ámbito de protección civil y otra del ámbito de emergencias del Servicio de Atención y Coordinación de Urgencias y Emergencias 1-1-2, y una persona en cada provincia.
Además, asumiendo las funciones encomendadas por el Plan Territorial de Emergencia de Castilla-La Mancha (PLATECAM) de Director Técnico de Operaciones (DTO), se fija que habrá un coordinador regional durante los días laborales y dos coordinadores regionales en fines de semana y festivos.
Para posibilitar el desarrollo de la guardia localizada al funcionario se le facilitará un dispositivo de localización para la atención inmediata y adecuada de la necesidad que se pudiera presentar y un medio de transporte para su desplazamiento desde el puesto de trabajo al lugar de la emergencia en los casos en los que sea preciso.