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Confederación Hidrográfica del Júcar

La CHJ declara la situación excepcional por sequía extraordinaria

El abastecimiento urbano, en general, está garantizado y las posibles restricciones para el riego se decidirán en mayo
La CHJ declara la situación excepcional por sequía extraordinaria
27/03/2024 - Las Noticias

La Confederación Hidrográfica del Júcar, O.A., (CHJ) ha declarado la situación excepcional por sequía extraordinaria en toda la Demarcación debido a la ausencia continuada de precipitaciones en gran parte de la cuenca.

Según los datos recopilados por el Sistema Automático de Información Hidrológica (SAIH), el presente año hidrológico 2023-2024 está siendo el más seco de los últimos 33 años, actualmente, con 115 mm de precipitación media acumulada por los 216 de la serie histórica.

Esta falta de lluvias, además, se ha traducido en una reducción de las aportaciones a los ríos, un descenso de los recursos subterráneos y una merma en la capacidad de almacenamiento en los embalses que, pese a que a nivel global se sitúan por encima de la media de los últimos 10, 20 y 30 años, ha provocado que algunos sistemas (Palancia-Los Valles, Cenia-Maestrazgo y Marina Alta) se encuentren en un escenario de emergencia por escasez hídrica.

A la vista de los datos, el Organismo ha declarado la situación excepcional por sequía extraordinaria en toda la Demarcación Hidrográfica del Júcar. “La declaración se puede realizar cuando un sistema se encuentra en situación de sequía prolongada y en situación de emergencia por escasez. El sistema Palancia-Los Valles se encontraba en este escenario desde diciembre, pero hemos considerado que ahora, cuando tenemos varios sistemas en emergencia y otros en prealerta, era el momento adecuado de tomar esta decisión”, ha explicado Arancha Fidalgo, la Jefa de la Oficina de Planificación Hidrológica (OPH).

La declaración de la situación excepcional por sequía extraordinaria permite a la Confederación solicitar al Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico su inclusión en el Real Decreto ley al amparo del artículo 58 del texto refundido de la Ley de Aguas, con el objetivo de poder adoptar medidas extraordinarias en relación con la utilización del dominio público hidráulico.

Se trata de medidas dirigidas a paliar la situación de sequía como pueden ser la exención del canon de regulación y de la tarifa de utilización del agua a los usuarios que sufran restricciones, la ejecución de medidas infraestructurales urgentes, así como administrativas de modificación de las condiciones de utilización del DPH: dotaciones, criterios de prioridad, orígenes de agua, condiciones de autorizaciones de vertido o adaptación de aprovechamientos hidroeléctricos.

Las posibles restricciones para el riego se decidirán en mayo

En cuanto a las restricciones, cabe destacar que no se aplican de forma automática con esta declaración, sino en función del análisis de las particularidades de cada episodio de sequía y de cada sistema de explotación.

En este sentido, las posibles restricciones agrícolas para esta campaña de riego se decidirán en las próximas sesiones de las diferentes secciones de la Comisión de Desembalse, que se convocarán, en su caso, para el mes de mayo.

Abastecimiento urbano garantizado

Respecto al abastecimiento urbano, la Confederación quiere remarcar que, en general, “no se prevén problemas, ya que su garantía es prioritaria”.

Fidalgo ha insistido en la importancia de que los municipios dispongan de un Plan de emergencia frente a la sequía y en la puesta en marcha de las medidas incluidas en el mismo.

Para aquellos que no cuenten con el documento, “sería interesante que vayan realizando un seguimiento de su fuente de recurso que les permita identificar y anticipar posibles problemas”.

Al mismo tiempo, ha instado a las administraciones locales a realizar campañas de concienciación y sensibilización dirigidas a la ciudadanía con el objetivo de fomentar el ahorro cotidiano del agua.

El fin de esta situación excepcional pasa por la llegada de precipitaciones prolongadas en el tiempo que permitan llenar los embalses, recargar los acuíferos y recuperar las aportaciones subterráneas a los ríos.