DIPUTACIÓN TU COMIDA EN CASA
Es noticia en Provincia: Día de la Mujer Emprendedora Dana 2024 Agricultura
MUSEO DE LAS CIENCIAS
Trasvase Tajo-Segura

Publicados los estatutos de la Mancomunidad de Aguas de Entrepeñas y Buendía

Según figura en el DOCM, está compuesta por catorce localidades del entorno de ambos pantanos pertenecientes a las provincias de Cuenca y Guadalajara
Publicados los estatutos de la Mancomunidad de Aguas de Entrepeñas y Buendía
20/08/2019 - EFE

El Diario Oficial de Castilla-La Mancha (DOCM) ha publicado este martes los estatutos de la Mancomunidad de Aguas de Municipios colindantes de los embalses de Entrepeñas y Buendía, compuesta por catorce localidades del entorno de ambos pantanos pertenecientes a las provincias de Guadalajara y Cuenca.

En concreto, se trata de los municipios de Albendea, Alcocer, Alocén, Auñón, Buendía, Chillarón del Rey, Cifuentes, Durón, Mantiel, El Olivar, Pareja, Sacedón, Trillo y Valle de Altomira, mientras que su domicilio fiscal y social y los órganos de gobierno se ubican en Sacedón.

Según sus estatutos, esta mancomunidad tiene como fin la gestión integral por los municipios mancomunados del servicio de suministro de agua en alta para el abastecimiento de agua desde la cabecera del río Tajo a los depósitos de cada uno de los municipios mancomunados y abastecidos.

Los órganos de gobierno de la Mancomunidad, cuya actuación deberá ajustarse estrictamente a lo dispuesto en los estatutos y en la legislación aplicable en cada momento a las entidades locales de Castilla-La Mancha, son el pleno, la Junta de Gobierno, el presidente de la Mancomunidad y el vicepresidente de la Mancomunidad.

El pleno estará integrado por el número de vocales que resulte de aplicar la siguiente escala en función del número de contadores de alta por suministro de aguas de cada municipio integrante.

En concreto, a los municipios de 1 hasta 500 contadores, les corresponde un vocal; desde 501 a 1.000 contadores, dos vocales, y desde 1.001 contadores en adelante, tres vocales.

La adaptación de esta escala a la rectificación o modificación padronal de los municipios se realizará cada cuatro años, tomando como fecha inicial la de constitución del primer pleno de la mancomunidad y los vocales serán nombrados tras las elecciones municipales.

Además, el presidente y el vicepresidente de la mancomunidad son cargos unipersonales que serán elegidos por el Pleno de entre sus miembros, y pueden ser candidatos todos y cada uno de los vocales.

En concreto, el presidente y vicepresidente serán representantes de los municipios colindantes de cada uno de los embalses, uno por los municipios colindantes con el embalse de Buendía y otro por los colindantes del embalse de Entrepeñas.

En cuento al funcionamiento de la mancomunidad, el pleno celebrará sesión ordinaria como mínimo con carácter trimestral, y extraordinarias cuando se reúnan los requisitos, mientras que la Junta de Gobierno se reunirá, al menos una vez cada tres meses, y siempre con carácter previo a la convocatoria del Pleno de la Mancomunidad.