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La inmobiliarias pueden abrir desde este lunes con cita previa

Las agencias que tengan más de 400 metros cuadrados o que estén en un centro comercial aún tendrán que esperar
La inmobiliarias pueden abrir desde este lunes con cita previa
04/05/2020 - Las Noticias

Las agencias inmobiliarias podrán reabrir al público a partir de este lunes y retomar así la actividad comercial, excepto aquellas que tengan una superficie superior a los 400 metros cuadrados o que se encuentren dentro de un centro o parque comercial, de acuerdo con el contenido del BOE publicado este domingo.


Desde el Consejo General de los Colegios Oficiales de Agentes de la Propiedad Inmobiliaria especifican que, para poder retomar la actividad, deberán establecer un sistema de cita previa para garantizar que sólo haya un único cliente por trabajador; garantizar la atención individualizada con la debida separación física y organizar franjas horarias de atención para evitar que los mayores de 65 años coincidan con el resto de los clientes, entre otras indicaciones recogidas en la normativa.

Los requisitos y condiciones para poder reanudar la actividad rigen a partir de hoy y se extenderá durante toda la vigencia del estado de alarma y sus prórrogas.

En detalle, y según ha decretado el Gobierno nacional, las agencias deberán cumplir con una serie de normas para poder retomar la actividad, que se indican a continuación:

SISTEMA DE CITA PREVIA

Se establecerá un sistema de cita previa que garantice la permanencia en el interior del establecimiento o local en un mismo momento de un único cliente por cada trabajador, sin que se puedan habilitar zonas de espera en el interior de los mismos.

Se garantizará la atención individualizada al cliente con la debida separación física de 2 metros o, en el caso de que esto no sea posible, mediante la instalación de mostradores o mamparas.

En los establecimientos en los que sea posible la atención personalizada de más de un cliente al mismo tiempo deberá señalarse de forma clara la distancia de seguridad interpersonal de dos metros entre clientes, con marcas en el suelo, o mediante el uso de balizas, cartelería y señalización.

HORARIO DE ATENCIÓN

Se establecerá un horario de atención preferente para mayores de 65 años, que deberá hacerse coincidir con las franjas horarias para la realización de paseos y actividad física de este colectivo.

Se realizará, al menos dos veces al día, una limpieza y desinfección de las instalaciones con especial atención a las superficies de contacto más frecuentes como pomos de puertas, mostradores, muebles, pasamanos, máquinas dispensadoras, suelos, teléfonos, perchas, carros y cestas, grifos, y otros elementos de similares características.

Se realizará una limpieza y desinfección de los puestos de trabajo en cada cambio de turno, con especial atención a mostradores, mamparas, teclados, terminales de pago, pantallas táctiles, herramientas de trabajo y otros elementos susceptibles de manipulación, prestando especial atención a aquellos utilizados por más de un trabajador.

No se utilizarán los aseos de los establecimientos comerciales por parte de los clientes, salvo en caso estrictamente necesario. En este último caso, se procederá de inmediato a la limpieza de sanitarios, grifos y pomos de puerta.

Se deberá disponer de papeleras, a ser posible con tapa y pedal, en los que poder depositar pañuelos y cualquier otro material desechable. Dichas papeleras deberán ser limpiadas de forma frecuente y al menos una vez al día.

RIESGOS LABORALES

El titular de la actividad económica que se realice en el establecimiento o local deberá cumplir, en todo caso, con las obligaciones de prevención de riesgos establecidas en la legislación vigente, tanto con carácter general como de manera específica para prevenir el contagio del COVID19.

CONTROL HORARIO

El fichaje con huella dactilar será sustituido por cualquier otro sistema de control horario que garantice las medidas higiénicas adecuadas para protección de la salud y la seguridad de los trabajadores, o bien se deberá desinfectar el dispositivo de fichaje antes y después de cada uso, advirtiendo a los trabajadores de esta medida.

PERMANENCIA

El tiempo de permanencia en los establecimientos y locales será el estrictamente necesario para que los clientes puedan recibir la prestación del servicio.

Se pondrá a disposición del público dispensadores de geles hidroalcohólicos con actividad antivirus autorizados y registrados por el Ministerio de Sanidad, en la entrada del local, y deberán estar siempre en condiciones de uso.