Cuenca ha registrado tres solicitudes de eutanasia desde que se aprobó la Ley en 2021
España aprobó la Ley de eutanasia el 24 de marzo de 2021, pero ésta no entró en vigor hasta el 25 de junio de ese mismo año. Desde entonces y hasta el cierre de esta edición, en la provincia de Cuenca se han registrado 3 solicitudes de las 58 que se han contabilizado en el conjunto regional. En el caso conquense, tan solo se ha producido una prestación de este servicio, mientras que en toda Castilla-La Mancha han sido 16 las personas que han accedido a la ayuda a morir dignamente. El resto, bien han muerto durante el proceso o han decidido abandonar o aplazar los trámites.
En este sentido, la directora general de Humanización y Atención Sociosanitaria de la Junta, María Teresa Marín, hace una “valoración muy positiva porque, tanto la sociedad castellanomanchega como los profesionales sanitarios, han tenido la suficiente madurez como para reconocer este derecho que se ha podido ejercer sin ninguna traba”. Además, al contrario de lo que se pensaba inicialmente, no se ha recibido un número excesivamente elevado de solicitudes.
PROCEDIMIENTO
La norma es clara y los supuestos que recoge para conceder la eutanasia también. Es importante tener en cuenta que este procedimiento es personal e intransferible y, por tanto, no puede solicitarlo, por ejemplo, un familiar. Además, la persona solicitante tiene que padecer una enfermedad grave e incurable que por su naturaleza le origine sufrimientos físicos o psíquicos constantes e insoportables y que no exista una posibilidad de alivio razonable y asumible. Por otro lado, el segundo supuesto contempla que el individuo tenga un padecimiento grave, crónico e imposibilitante que le cause limitaciones físicas que le impidan valerse por sí mismo.
En caso de que se cumplan los requisitos mencionados el procedimiento se activa y, en condiciones normales, los trámites no se alargan más de dos meses, aunque hay ocasiones en las que se producen interrupciones porque se requiere documentación complementaria o porque la propia persona decide interrumpir el proceso. En esos 60 días, la persona que ha solicitado la eutanasia estará acompañada por un médico consultor que puede ser el de cabecera. Si bien, el doctor debe establecer un proceso de interconsulta con un médico especialista en la patología que causa ese trastorno y dolor al demandante.
En ese tiempo, la Comisión de Evaluación y Garantía– que está compuesta por un equipo multidisciplinar de profesionales sanitarios, jurídicos, de piscología, de enfermería y de la filosofía– revisará que se cumplan con los requisitos establecidos en la normativa para garantizar que durante el proceso se cumplen escrupulosamente las demandas y necesidades del solicitante.
Una vez la petición de eutanasia es aprobada, los profesionales sanitarios cumplen, en la medida de lo posible, los requerimientos de la persona que va a morir. Se le da la opción de hacerlo en su domicilio o en aquel lugar donde se sienta cómodo o cómoda, siempre teniendo en cuenta que, si se va a hacer una donación de órganos, esta pueda coordinarse en las mejores condiciones.
VALORACIÓN
Cuando faltan apenas dos meses para celebrar el tercer aniversario de la aprobación de la Ley de eutanasia, la valoración es positiva. “Las personas que sufren una patología grave sienten alivio al saber que tienen a su disposición esta posibilidad”, concluye Rubio.