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El Juez Único resuelve el Tarancon-Conquense con un 3-0 por alineación indebida

El organismo fija el resultado y la multa accesoria a la Balompédica pese a reconocer los hechos de "intento de justificación" del club, que recurrirá la decisión
El Juez Único resuelve el Tarancon-Conquense con un 3-0 por alineación indebida
Foto: Alfonso Fernández
11/11/2020 - Mario Gómez

El Juez Único de Competición ha notificado la resolución del recurso realizado en su día por el Alumios Jovi CD Tarancón por el que impugnó el resultado correspondiente a la 3ª jornada de campeonato, en el partido correspondiente ante la UB Conquense que finalizó con 1-2 para el club capitalino. Los blanquiazules reclamaron que su rival no cumplió con la normativa de mantener en todo momento, como mínimo, a siete futbolistas del primer equipo sobre el campo, debido a la sustitución realizada en el minuto 88 de partido por la Balompédica al sacar del campo a un jugador del primer equipo por lesión.

A la vista del recurso y las alegaciones correspondientes, el Juez Único ha dictaminado que se resuelva dando por perdido el partido por 3-0 y multa accesoria por alineación indebida para el Conquense. La resolución del expediente se plantea en varios puntos que señalan desde el primero el reconocimiento de los hechos "por parte del club infractor (...) intentando justificar los mismos en base a la inexistencia de voluntariedad y a la existencia de varios lesionados y afectados por el COVID-19 en su plantilla, así como en la nula participación del futbolista que entró al campo a partir del minuto indicado cuando se produjo la sustitución del futbolista de la primera plantilla por otro de un equipo filial".

No obstante, el Juez no distingue voluntariedad o no a la hora de que se cometa esta acción, sino que contemplan el hecho que se haya producido, "como sin duda se ha hecho". De la misma manera, señala el argumento defendido por el Conquense de la intervención en el partido o las circunstancias del mismo cuando se realizó el cambio, algo que el organismo jurídico remite en base al artículo 223-bis del Reglamento General sobre alineación, o el hecho de que aún se encuentre pendiente la resolución del recurso presentado por la Balompédica al Comité de Apelación en el que pedía el aplazamiento del partido.

En este punto, señala la resolución que "el club sancionado (UB Conquense) contaba con dos futbolistas de la primera plantilla que bien podían haber sido los elegidos para realizar la sustitución si la misma había de hacerse". Si bien, estos dos futbolistas eran Charlie Took (que no estaba en condiciones de jugar) y el portero Álex Fernández, que había sido inscrito como jugador. Además, continúa:", sobre lo que este Juez Unico, desde luego ni puede ni debe entrar a valorar, como tampoco sobre el hecho de que, conforme al informe del Departamento de Licencias, el citado club cuente con 20 licencias del primer equipo cuando la norma le permite contar con 22".

Por lo tanto y en referencia a lo dictado por este Juez, el Tarancón resulta vencedor del encuentro por 3-0 y suma así los tres puntos que se le restan al Conquense, que eso sí no tendrá una sanción de puntos complementaria, por lo que se quedaría con los 3 puntos como resultado del triunfo de la primera jornada ante el Pedroñeras. No obstante, el presidente de la entidad blanquinegra ya anunció que, en el caso de que se resolviese el recurso de la manera en que lo ha hecho, acudiría al Comité de Apelación.