Los sindicatos UGT y CCOO han convocado a la ciudadanía a una concentración que tendrá lugar este miércoles a las doce del mediodía en el cruce entre Carretería y Sánchez Vera en contra de una reciente sentencia del Tribunal Constitucional que avala el despido de los trabajadores que falten al trabajo de forma intermitente más de ocho días en dos meses aunque su ausencia laboral esté justificada por incapacidad temporal.
Se trata de una posibilidad que, según los datos de bajas laborales que manejan, el pasado invierno podría haber producido el despido procedente del 40 por ciento de los trabajadores de la provincia, al ser estos meses de frío muy propicios a que haya personas que enfermen de un proceso gripal del que pasados unos días se recuperen aparentemente, lo que les haga volver al trabajo, para poco después recaer con un proceso de neumonía que les diera derecho a un nuevo periodo de baja laboral.
“Caer enfermo puede ser motivo para ser despedido”, denuncia el secretario general de UGT, José Azcoitia, para quien esta sentencia que crea jurisprudencia “viola derechos fundamentales” y puede afectar sobre todo a los colectivos más vulnerables como mujeres, jóvenes y mayores de 55 años.
María José Mesas, secretaria general de CCOO, incide en las trabajadores del servicio doméstico o la limpieza, a su entender muy dadas a padecer enfermedades profesionales como lesiones del músculo-esquelético por las que pueden necesitar determinados periodos de tiempo para recuperarse.
Hace asimismo hincapié en que puede ocasionar despidos incluso en empresas que generen beneficios y muy a pesar de la productividad y la antigüedad de los empleados.
La concentración tendrá lugar este miércoles 27 de noviembre a las doce del mediodía en el cruce entre Carretería y Sánchez VeraEl miedo a ser despedidos podría llevar además, según apunta Azcoita, a que hubiera trabajadores que acudieran a trabajar pese a no estar en condiciones, lo que podría hacer que su salud empeorara o que se incrementara el riesgo de sufrir un accidente laboral al bajar su “sistema de alerta”.
Los sindicatos entienden que esta sentencia ha sido posible gracias a la reforma laboral que el gobierno del PP aprobó en el año 2012, la cual, con el fin de frenar el absentismo laboral, concedió a las empresas la posibilidad de despedir con causas objetivas a quien falte al trabajo el 20 por ciento de los días hábiles en un periodo de dos meses siempre y cuando no sea por enfermedades de extrema gravedad,por lo que exigen al próximo gobierno “progresista” que la derogue.
La sentencia, fallada contra una trabajadora de Lleida que además era presidenta del Comité de Empresa, ha sido recurrida por los sindicatos ante el Tribunal Superior de Justicia de la Unión Europea y la Organización Internacional del Trabajo (OIT) pero ya ha provocado que al menos un trabajador de la región haya recibido una carta de despido en la que la empresa, para justificar las causas objetivas, alude a la sentencia del Tribunal Constitucional.