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Sanción al dueño de un perro por no recoger sus excrementos en la vía pública

Durante el mes de junio el Ayuntamiento ha efectuado 20 actas de denuncia en materia de medio ambiente
Sanción al dueño de un perro por no recoger sus excrementos en la vía pública
Foto: eldiario.es
03/07/2018 - Las Noticias

El Ayuntamiento ha dado un impulso a la labor de inspección en materia de Medio Ambiente durante el mes de junio. La Policía Local y el servicio de vigilancia medioambiental han efectuado más de 20 actas de denuncia.

Entre ellas, se ha sancionado al propietario de un perro por no recoger inmediatamente sus excrementos depositados en la vía pública. La infracción ha sido considerada leve, dando lugar a una sanción de hasta 750 euros.

Además, se han impuesto otras cinco sanciones por infracciones leves a propietarios de canes que circulaban por las vías públicas sin acompañamiento de personas capacitadas que los vigilen, provistos de collar y conducidos mediantes cadena o correa; por estar en areneros y zonas de recreo infantil, por no estar identificados conforme a la Orden 28-07-2004 de la Consejería de Agricultura.

También se ha impuesto una sanción por infracción grave al dueño de un perro considerado potencialmente peligroso y no portar bozal y cadena. Esta sanción puede acarrear multas desde los 300,01 hasta los 2.400 euros.

Por otra parte, la autoridad municipal ha impuesto una sanción por infracción leve consistente en miccionar en la vía pública, la multa impuesta es de 100 euros, por este tipo de infracciones las multas pueden llegar a los 300 euros.

Otra sanción impuesta, por infracción considerada grave y con una multa de 750 euros, es la motivada por depositar en un contenedor verde la extracción de un desatasco, sin uso de bolsas, consistente en excrementos humanos y líquidos malolientes. Este tipo de infracciones pueden acarrear multas de hasta los 1.500 euros, como es el caso de la sanción impuesta a una comunidad de vecinos por verter aguas sucias, al parecer de limpieza, directamente sobre una parcela municipal.

La falta de higiene también ha desembocado en una sanción leve a un local de ocio nocturno por el incumplimiento del deber de limpieza, al observarse en la puerta gran cantidad de vasos de plástico y cartón.

En cuanto la venta, suministro o distribución de bebidas alcohólicas en el horario comprendido entre las 22 horas y las 7 horas del día siguiente, se han impuesto dos sanciones graves a sendos comercios de venta menor de alimentación por contravenir la prohibición. Las multas contempladas por esta infracción van de los 300,52 a los 1.502,53 euros.

Además, el Ayuntamiento, mediante auto judicial, ha procedido al precintado de aparatos de música en un establecimiento de ocio nocturno al ser la fuente sonora de la excesiva e ilegal transmisión de ruidos a una vivienda.


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