El Boletín Oficial del Estado (BOE), de fecha 20 de agosto de 2018 publica las bases con las condiciones de las subvenciones del Consorcio para la rehabilitación de viviendas, edificios y locales en el Casco Antiguo de Cuenca.
Para solicitar estas subvenciones aún deben publicarse las convocatorias oportunas, donde se especificarán detalles como el plazo de presentación de solicitudes, presupuesto disponible, etc. Esta publicación está previsto que se haga después del verano.
Las viviendas o edificios a rehabilitar deberán dedicarse a vivienda habitual y permanente, en régimen de propiedad o alquiler, por un periodo mínimo de cinco años, a contar desde la fecha de concesión definitiva de las ayudas.
El uso de los locales debe estar comprendido dentro de los señalados en el Anexo I de las Bases. Se excluye expresamente el uso de Hospedaje, en todas sus situaciones, así como el de Restaurantes, Bares, Pubs, establecimientos de consumo de bebidas alcohólicas y Heladerías.
Los locales pueden encontrarse en funcionamiento o adquirir el compromiso de que a la finalización de las obras, el local estará en posesión de la correspondiente licencia de actividad y en funcionamiento efectivo durante un período mínimo de doce meses a contar desde la fecha de concesión definitiva de las ayudas.
Tanto en viviendas como en los locales, serán subvencionables las actuaciones con licencia de obra concedida a partir del 1 de enero de 2018, independientemente de que estén finalizadas o no, siempre que cumplan los requisitos de las Bases.
También serán subvencionables las actuaciones que incluyan la eliminación de pintadas en las fachadas.