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Operación Brutus

Penas de 4 y 3 años de prisión a dos de los acusados en la 'Operación Brutus' por robo con violencia y falta de lesiones

Los siete acusados han sido en cambio absueltos por los delitos de asociación ilícita, amenazas y detención ilegal
Penas de 4 y 3 años de prisión a dos de los acusados en la 'Operación Brutus' por robo con violencia y falta de lesiones
Imagen del juicio. Foto: Saúl García
11/09/2017 - L.N.

El Juzgado de lo Penal número 1 de Cuenca ha condenado a dos de los siete acusados en la ‘Operación Brutus’ por robo con violencia y falta de lesiones, mientras que han quedado todos absueltos de los cargos de asociación ilícita, amenazas, y detención ilegal.

La sentencia, con fecha de 31 de julio de 2017 y a la que ha tenido acceso Las Noticias, condena a C.D.U. y A.F.P. como coautores penalmente responsables de un delito de robo con violencia y de dos faltas de lesiones, a las penas de 4 años de prisión el primero y 3 años y 6 meses de prisión el segundo, en ambos casos con la pena accesoria de inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena.

Asimismo, el juez ha dictaminado que deben indemnizar conjunta y solidariamente, a D.M.L. y J.V.L. en la cantidad de 200 euros a cada uno de ellos, más otros 40 euros al primero y 20 euros al segundo, más intereses, y al pago de una úndecima parte de las costas procesales a cada uno de ellos.

Por su parte, han quedado todos ellos absueltos-A.F.P., J.M.P.G, J.M.S.O., C.D.U., R.C.T. y los hermanos V.J.C.M. y D.A.C.M- de los restantes delitos que motivaron la incoación contra los mismos de la causa penal.

De otro lado, se declaran nulas las actuaciones practicadas en esta causa penal respecto de los hechos ocurridos en Valdepeñas el 19 de abril de 2009, por vulnerar las mismas el derecho fundamental al juez ordinario predeterminado por la Ley del art. 24.2 CE y el principio "no bis in idem", de conformidad con lo acordado en el primer fundamento de derecho.

Estos hechos se refieren a un delito de robo en la localidad de Valdepeñas por el que, junto a otras dos personas, estaba acusado R.C.T., y durante el juicio las defensas recordaron que los robos "en Valdepeñas no se juzgan en los juzgados de Cuenca, se juzgan en otro lado".

Asimismo, la sentencia declara nulas las escuchas telefónicas realizadas entre noviembre y diciembre del año 2009 que se completaron con vigilancia, seguimientos y registros en varios domicilios.

Las partes implicadas podrán interponer ahora recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Cuenca una vez notificado el fallo. El juicio comenzó el pasado 18 de abril y quedó visto para sentencia el 5 de mayo.