Viviendas
Marcha atrás a la bonificación del 50% del IBI a los propietarios de viviendas de energía solar
No habrá bonificación del 50 por ciento del Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) para los propietarios de viviendas con energía solar ni recargo del 50 por ciento para las viviendas vacías en manos de bancos y entidades financieras; ni tampoco rebaja del Impuesto de Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO) del 50 por ciento para todas las obras que se realicen en la ciudad tal y como se aprobó en el pleno de diciembre de 2018, cuando se dio el visto bueno a unas alegaciones de IU a la modificación de las ordenanzas que regulan ambos impuestos.
Se trata de unas medidas, respaldadas en diciembre gracias a los votos de PSOE e IU, que el Grupo Popular tachó entonces de ilegales, al contar entre otras cosas con un informe en contra de la secretaria municipal y poder atentar contra el Plan de Ajuste al reducir los ingresos municipales sin a cambio incrementarlos través de otras partidas, ante lo que el equipo municipal, que ha denunciado el acuerdo ante el Tribunal Superior e Justicia de Castilla-La Mancha, llevó al pleno celebrado este miércoles su revisión, la cual salió adelante con los votos a favor de PP, PSOE y Ciudadanos.
Los informes municipales a favor de esta revisión, junto al hecho de que la aprobación de las citadas bonificaciones no se tramitaran de forma correcta, al no haber pasado las alegaciones que presentó IU por un proceso de exposición pública abierto a la ciudadanía, llevaron a PSOE y Cs a cambiar de posición y votar a favor de la propuesta del equipo municipal.
En IU, en cambio, consideraron que el acuerdo se tomó “legítimamente”, poniendo como ejemplo que en esta legislatura ya se han aprobado bonificaciones en otras ordenanzas, como la que regula el uso de las instalaciones deportivas o los precios de los espectáculos del Teatro-Auditorio. “¿Son solo ilegales las bonificaciones que presenta IU?”, se preguntó Pablo García.
Bonificaciones que se mantienen
Se mantienen no obstante otros cambios ordenados tanto en la ordenanza del IBI como en la del ICIO, como la rebaja del gravamen del IBI del 0,62 por ciento al 0,60 por ciento en el casco del urbano y del 0,80 al 0,76 por ciento en el del rústico, o la rebaja del ICIO a las obras con un presupuesto superior a 25.000 euros, para las que se establece un porcentaje de bonificación mayor a medida que aumente el número de trabajadores, con porcentajes del 25, el 50 o el 75 por ciento.