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El GMS pide al Ayuntamiento que envíe más información en los recibos domiciliados

El Consistorio no remite ningún recibo o comunicación para el pago a quienes tienen los recibos domiciliados más allá del cargo bancario
El GMS pide al Ayuntamiento que envíe más información en los recibos domiciliados
Imagen de archivo. Foto: Saúl García
29/11/2017 - Las Noticias

El Grupo Municipal Socialista ha presentado alegaciones a la Ordenanza General de Gestión, Inspección y Recaudación de Tributos y otros Ingresos de Derecho Público Municipales, tras su acuerdo de aprobación provisional, por considerar que “un alto porcentaje de contribuyentes no recibe la información mínima y adecuada que les permita identificar el concepto y las cantidades detalladas de lo que están pagando”.

Su portavoz, María Jesús Gómez del Moral Martínez, considera que esta situación se debe a que desde el Ayuntamiento no se envía ningún recibo o comunicación para el pago a quienes tienen los recibos domiciliados, sino que se limitan a aportar la información que se da en el correspondiente cargo bancario.

El problema es que algunas entidades financieras no incorporan más de 140 caracteres en la descripción del concepto, mientras que otras remiten al contribuyente a una página web. Todo ello hace que “en casos como el agua, alcantarillado y depuradora, los datos sean muy difíciles de interpretar o falten conceptos, además de que la obligación de facto a una gestión electrónica vulnera el derecho a la información directa y clara que tienen los contribuyentes y que el Ayuntamiento tiene la obligación de garantizar”.

A juicio de Gómez el Moral, “todo esto se traduce en desprotección, cuando no indefensión del contribuyente, así como desincentivación de la domiciliación bancaria como medio para una gestión de los ingresos más eficiente por parte del Ayuntamiento”.

Ante esta situación, el GMS pide en sus alegaciones que en el caso de los recibos domiciliados el Consistorio remita al domicilio del contribuyente un documento-comunicación informativo, que podría ser telemática o mediante administración electrónica en los casos en que el contribuyente así lo solicite.

Con ello, observa Gómez del Moral, “subsanaríamos una deficiencia de la ordenanza vigente en lo que a protección de los derechos del ciudadano se refiere, dando un mejor cumplimiento al artículo de la Ordenanza que aboga, precisamente, por informar adecuadamente a los ciudadanos para facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributarias”.

El Grupo Municipal Socialista ha presentado hoy sus alegaciones a la Ordenanza General de Gestión, Inspección y Recaudación de Tributos y otros Ingresos de Derecho Público Municipales, tras su acuerdo de aprobación provisional, por considerar que “un alto porcentaje de contribuyentes no recibe la información mínima y adecuada que les permita identificar el concepto y las cantidades detalladas de lo que están pagando”.

La portavoz del PSOE, M. Jesús Gómez del Moral Martínez, ha expuesto que esta situación se debe a que desde el Ayuntamiento no se envía ningún recibo o comunicación para el pago a quienes tienen los recibos domiciliados, sino que se limitan a aportar la información que se da en el correspondiente cargo bancario.

El problema es que algunas entidades financieras no incorporan más de 140 caracteres en la descripción del concepto, mientras que otras remiten al contribuyente a una página web. Todo ello hace que “en casos como el agua, alcantarillado y depuradora los datos sean muy difíciles de interpretar o falten conceptos, además de que la obligación de facto a una gestión electrónica vulnera el derecho a la información directa y clara que tienen los contribuyentes y que el Ayuntamiento tiene la obligación de garantizar”.

La concejal del GMS declara que “todo esto se traduce en desprotección, cuando no indefensión del contribuyente, así como desincentivación de la domiciliación bancaria como medio para una gestión de los ingresos más eficiente por parte del Ayuntamiento”.

Ante esta situación, el GMS pide en sus alegaciones que en el caso de los recibos domiciliados el Consistorio remita al domicilio del contribuyente un documento-comunicación informativo, que podría ser telemática o mediante administración electrónica en los casos en que el contribuyente así lo solicite.

Con ello, observa Gómez del Moral, “subsanaríamos una deficiencia de la ordenanza vigente en lo que a protección de los derechos del ciudadano se refiere, dando un mejor cumplimiento al artículo de la Ordenanza que aboga, precisamente, por informar adecuadamente a los ciudadanos para facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributarias”.


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