Conscientes de las consecuencias económicas que ha conllevado la instauración del Estado de Alarma con motivo de la pandemia de la Covid-19 para muchos hogares conquenses, desde el Ayuntamiento de la capital se ha apostado por la implementación de una serie de medidas especiales tributarias con el objeto de aliviar la presión fiscal en estos meses inmediatamente posteriores a la desescalada.
El concejal de Hacienda y Seguridad Ciudadana, Juan Manuel Martínez Melero, explica a Las Noticias de Cuenca que este paquete de acciones, en mayor o menor medida, afecta al 100% de los contribuyentes y busca dotar de mayor liquidez a los conquenses en un periodo tan especial como éste, en el que los ciudadanos se enfrentan en algunos casos a situaciones un tanto delicadas. Y es que considera que “a lo mejor habrá gente que le da igual, porque no ha tenido mermas en sus ingresos, pero habrá otra mucha gente, que han sufrido ERTE, etc…, y estas medidas les vendrá muy bien”.
Es por ello que confían, desde la Concejalía de Hacienda, que tengan una buena aceptación entre los ciudadanos y “contribuyan realmente a facilitarles el cumplimiento de sus obligaciones tributarias sin agobios”.
CALENDARIO FISCAL
Entre las medidas, Martínez Melero habla de la modificación del calendario fiscal, que se ha aplicado a través de tres decretos y que consiste, por un lado, en la ampliación del periodo de cobro voluntario de todas las tasas e impuestos municipales, que inicialmente estaba previsto para el 3 de junio, como, por ejemplo, el Impuesto de Vehículos, la basura o el Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI), y, por otro, se ha aplazado el pago en cuenta de esos recibos domiciliados, pasando del 8 de junio al 6 de julio.
Asimismo, en el caso de las basuras se ha hecho una nueva ampliación del periodo de cobro voluntario, que será del 15 de septiembre al 15 de diciembre, cargando los recibos en un único pago el 5 de octubre. En este sentido, el edil de Hacienda detalla que “conseguimos también que, de oficio y automáticamente, sobre esta tasa el Ayuntamiento ya pueda aplicar el prorrateo de la parte correspondiente al servicio que no ha sido prestado a aquellas actividades suspendidas por el Estado de Alarma y que lógicamente no se cobrará”.
Del mismo modo, se ha aplazado el inicio del periodo de pago voluntario del IBI de carácter rústico del 1 de julio hasta el 2 de noviembre, al tiempo que se ha hecho lo propio con el IAE, del 16 de septiembre al 16 de noviembre.
NO COBRO DE ALGUNAS TASAS
Como consecuencia del Estado de Alarma, muchos establecimientos tuvieron que suspender su actividad, por lo que el Ayuntamiento de la capital ha optado por suspender de oficio y de manera automática el pago de tasas como terrazas, venta ambulante, basuras, etc... durante esos meses de inactividad, puesto que, según enfatiza el concejal, “no se ha producido el hecho imponible de la tasa en sí”.
En esta línea, recalca que también se ha suspendido el precio público del Servicio de Ayuda a Domicilio de aquellos beneficiarios que renunciaron a la prestación durante el Estado de Alarma, que “de hecho, algunos hubo, por lo que no se les cobrará la cantidad correspondiente a ese periodo”.
OBRAS Y PLAN FÁCIL 9
Por otro lado y enfocadas a aquellas obras que se hayan visto suspendidas durante el estado de alarma, también se puede solicitar, porque es necesaria una autorización previa de la Gerencia Municipal de Urbanismo, la suspensión del devengo de la tasa correspondiente al tiempo que los elementos auxiliares de la obra hayan tenido que permanecer en la vía pública.
Y paralelamente al Plan Fácil 9 que puso en marcha el Consistorio para permitir el pago del total de los recibos anuales en cuotas mensuales durante nueve meses y con una bonificación del 5%, se ha decidido flexibilizar ese sistema de tal manera que el impago de alguna de las cuotas de este plan no conlleva ni la baja de dicho plan ni recargo alguno, sino que se prorrateará dicha cantidad entre las cuotas pendientes de satisfacer. Plan al que, como excepción, ahora se puede adherir cualquier contribuyente que lo desee, aunque el plazo haya expirado. Autorización que, según aclara Martínez Melero, será automática y sin devengo de intereses, siempre que se refiera a deudas tributarias de vencimiento periódico del año 2020, que no supere los 30.000 euros y el fraccionamiento se solicite dentro de este año.